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Qué significa realmente la prohibición de California sobre la liquidación forzada de criptomonedas

Qué significa realmente la prohibición de California sobre la liquidación forzada de criptomonedas

CryptoSlateCryptoSlate2025/10/15 17:12
Mostrar el original
Por:Gino Matos

El gobernador de California, Gavin Newsom, firmó la ley SB 822 el 11 de octubre, convirtiendo a California en el primer estado de EE. UU. en evitar la liquidación forzosa de criptomonedas no reclamadas.

La ley actualiza la Ley de Bienes No Reclamados de California para exigir que las criptomonedas inactivas entregadas al estado se mantengan como criptomonedas, y no se conviertan automáticamente en efectivo.

La política aborda un punto de fricción en la transferencia de activos digitales no reclamados, que ocurre cuando exchanges o custodios entregan cuentas inactivas bajo las leyes existentes de bienes no reclamados. La mayoría de los estados liquidan inmediatamente la criptomoneda y mantienen moneda fiduciaria.

Los propietarios que luego reclaman su propiedad reciben dólares al precio por el que el estado la vendió.

La SB 822 cambia ese estándar. California mantendrá los activos financieros digitales no reclamados en especie, designará custodios de criptomonedas con licencia para gestionarlos y devolverá el activo original a los reclamantes, salvo que circunstancias excepcionales obliguen la conversión a moneda fiduciaria.

El equipo legal de Coinbase celebró la firma, y los comentarios de la industria enmarcaron el requisito de mantener en especie como una alineación del tratamiento estatal de las criptomonedas con el manejo existente de valores y cuentas bancarias.

La política elimina una posible fricción fiscal. Cuando un estado vende criptomonedas y devuelve moneda fiduciaria, la transacción puede generar obligaciones de ganancias de capital para el propietario según el precio y el momento de la venta estatal. Mantener los activos en especie hasta que sean reclamados evita ese resultado.

El requisito de mantener en especie de la SB 822 se presentó como una medida de reducción de daños. Si los activos se transfieren al estado, los propietarios pueden recuperar las monedas originales en lugar de los ingresos de la liquidación.

La autoridad de conversión sirve como respaldo administrativo para escenarios en los que mantener activos volátiles se vuelve impráctico.

A quién protege

La ley se aplica a los “activos financieros digitales” según la definición del Código Financiero de California §3102(g), criptomonedas y stablecoins mantenidas por custodios de terceros para residentes de California o cuentas con nexo en California.

Las nuevas reglas se aplican a los activos financieros digitales mantenidos por asociaciones comerciales u organizaciones financieras que actúan como custodios para otros.

Si un exchange centralizado, proveedor de billetera alojada u otro titular mantiene una cuenta inactiva con nexo en California más allá del período de inactividad, debe transferir el activo en sí al State Controller en lugar de liquidarlo primero.

La ley establece un umbral de inactividad de tres años para la transferencia al estado y requiere que los titulares envíen avisos previos de 6 a 12 meses antes de reportar.

Esos avisos siguen un formato aprobado por el Controller y pueden reiniciar el reloj de inactividad si el propietario responde.

Una vez que los activos se transfieren al estado, el Controller los coloca con custodios autorizados por el Department of Financial Protection and Innovation de California.

La ley incluye disposiciones para ensamblar claves multifirma para efectuar transferencias. Los reclamantes que luego prueben la propiedad reciben el activo financiero digital, si aún se mantiene en custodia, o el producto neto de la venta si la conversión ya ocurrió.

El Controller puede convertir activos a moneda fiduciaria no antes de 18 meses y no después de 20 meses después del informe de transferencia al estado.

Qué queda excluido

Las billeteras de autocustodia quedan fuera del alcance de la ley. La SB 822 obliga a los titulares de bienes pertenecientes a otros; si no existe un custodio de terceros, no hay nada que reportar ni transferir.

Los elementos excluidos de la definición de activo financiero digital también quedan fuera de la cobertura, como puntos de lealtad, saldos de programas de recompensas, monedas de juego utilizadas únicamente dentro de una plataforma y valores registrados o exentos por la SEC.

Los análisis legislativos enumeran estas exclusiones. Las reglas jurisdiccionales aún se aplican, ya que la propiedad intangible sin nexo en California no se transfiere al estado.

Las disputas privadas, incluidas quiebras y liquidaciones de acreedores, operan bajo marcos separados. La SB 822 solo regula cómo el estado maneja los activos inactivos que se transfieren a través de la Ley de Bienes No Reclamados.

Qué cambia para los titulares de cuentas

Para los residentes de California con cuentas en exchanges o billeteras de custodia, la SB 822 establece un proceso definido antes de la transferencia al estado y un camino para la recuperación en especie posteriormente.

Los titulares deben enviar avisos previos utilizando formularios aprobados por el Controller de 6 a 12 meses antes de reportar. Responder a ese aviso reinicia el reloj de inactividad de tres años.

El requisito de notificación estandarizada busca reducir la transferencia inesperada de cuentas que los usuarios han olvidado temporalmente o a las que han perdido acceso.

Si los activos se transfieren a la custodia estatal, los reclamantes pueden solicitar la devolución del activo financiero digital en sí durante al menos 18 meses después de la transferencia. Si ocurre una conversión, los propietarios reciben el producto neto de la venta.

La ley aborda la custodia de criptomonedas con una especificidad poco común en las leyes estatales de bienes no reclamados, reconociendo los requisitos de multifirma, los estándares de licencia para custodios y la distinción entre autocustodia y custodia de terceros.

Ningún otro estado de EE. UU. ha codificado la tenencia en especie como estándar para activos digitales no reclamados.

Como resultado, la priorización de California de la recuperación de los activos originales por parte del propietario sobre la simplicidad administrativa puede influir en cómo otras jurisdicciones estructuran sus reglas.

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Descargo de responsabilidad: El contenido de este artículo refleja únicamente la opinión del autor y no representa en modo alguno a la plataforma. Este artículo no se pretende servir de referencia para tomar decisiones de inversión.

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